Modifica el IEE presupuesto de egresos para el ejercicio fiscal del año 2016.

29-Dec-2015 4:04 pm



Durante la Décimo Segunda Sesión Extraordinaria, el Consejo Estatal del Instituto Estatal

Electoral aprobó diversos acuerdos relativos al Proceso Electoral 2015-2016, los cuales

fueron los siguientes:

 

Derivado de la recuperación del registro por parte del Partido del Trabajo, modificó el

Presupuesto de Egresos de los partidos políticos para el ejercicio fiscal del año 2016,

aumentándolo en $5´627,703.00, para quedar en $196´424,768.00. El anterior

Presupuesto era de $190´797,065.00.

 

En otro punto de la orden del día, los consejeros aprobaron el Acuerdo en el que se

establecen los criterios que se deberán observar para difundir, en atención al principio de

definitividad, la realización y conclusión de las etapas, actos o actividades trascendentes

de los órganos electorales del IEE durante el presente Proceso Electoral.

 

Al respecto, quedó establecido que se generará una sección específica en el portal oficial

de Internet www.ieechihuahua.org.mx, que contenga una síntesis cronológica de

información de los actos y actividades trascendentes que se realizarán con motivo del

procesos electoral local 2015-2016, y ofrezca información sucesiva del desarrollo y

conclusión de sus etapas.

 

Por lo tanto, la actualización de la información que se genere, se realizará con corte a la

última semana de los meses de febrero, abril, y junio de 2016. No obstante, a la

conclusión de cada etapa, acto o actividad relevante que se sitúe en los meses

intermedios, deberá actualizarse de manera inmediata.

 

Otro de los puntos fue la resolución del Consejo Estatal respecto a la solicitud de registro

del Partido del Trabajo y del Partido Humanista, como partidos políticos estatales, los

cuales fueron declarados improcedentes.

 

El Consejo aprobó por unanimidad de votos dar respuesta a dos consultas formuladas por

el ciudadano Gerardo Cortinas Murra, en la que solicita, por una parte, la inaplicación de

diversas porciones normativas del Artículo 220 de la Ley Electoral del Estado y por otra

solicitando interpretación de diversas disposiciones relativas al apoyo ciudadano en las

candidaturas independientes.

 

Al respecto, el Consejo Estatal determinó que la norma jurídica no puede ser modificada,

por lo que se mantiene la disposición de que debe presentarse copia impresa de la

credencial de elector.